Informes Consulares de Nacimientos en el Extranjero (CRBA)

Información general acerca de la solicitud de informes consulares de nacimiento en el extranjero se encuentra en el sitio de internet de la embajada: https://do.usembassy.gov/consular-report-of-birth-abroad-crba/

La misión de los Estados Unidos en República Dominicana ahora acepta aplicaciones de CRBA electrónicamente (eCRBA). Revise el siguiente sitio de internet para información detallada y para determinar si puede aplicar utilizando un eCRBA: https://do.usembassy.gov/consular-report-of-birth-abroad-crba/

Algunas secciones consulares podrían tener procesos adicionales para agendar una cita para CRBA. Cada solicitante quien requirera un servicio en la Embajada deberá tener una cita separada. Contacte a la embajada si no puede agendar un servicio de pasaporte o de CRBA para todos sus hijos menores en el mismo dia:

https://do.usembassy.gov/american-citizen-services-navigator/

En general, para solicitar un informe consular de nacimiento en el extranjero (CRBA), debe:

  • Llenar el formulario de solicitud correspondiente
  • Entregar documentos de sustento
  • Pagar la tarifa de solicitud correspondiente
  • Hacer una cita

Las instrucciones detalladas para la solicitud, que incluyen información sobre los formularios de solicitud, el pago de tarifas, los documentos de sustento necesarios y la manera de presentar su solicitud, se encuentran en el sitio de internet de la embajada: https://do.usembassy.gov/consular-report-of-birth-abroad-crba/

Le recomendamos programar su cita lo antes posible para evitar problemas con su viaje. Si hay disponible una cita para CRBA antes de la fecha de su viaje, sin importar que tan cerca esté la fecha, resérvela. En su cita podrá explicar si necesita un pasaporte de emergencia debido a sus planes de viaje.

No hacemos informes de estatus rutinarios de las solicitudes que se encuentran dentro del plazo de procesamiento estándar (tres a cuatro semanas para pasaportes; tres a cuatro semanas para CRBA). Si usted o su hijo presentaron una solicitud de informe consular de nacimiento en el extranjero y pasaporte y ya ha transcurrido el plazo estándar de procesamiento, puede enviar un mensaje a la embajada de EE. UU. a:

sdocrba@state.gov

Si reside en República Dominicana y tiene preguntas sobre los servicios que presta la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés), debe contactar a la Unidad de Beneficios Federales (FBU, por sus siglas en inglés) de la SSA que se encuentra en Santo Domingo.

Para ver más información sobre sus servicios y cómo contactarlos, visite su página de internet en https://do.usembassy.gov/social-security/ .

Para ver información completa sobre los servicios de la SSA en el extranjero, visite la página sobre servicios en todo el mundo de la SSA.

Si ya recibe pagos de beneficios de la SSA, no habrá cambios en la forma de distribución de esos pagos.

Puede ver información general sobre los servicios de la SSA para personas que viven fuera de los Estados Unidos en https://www.ssa.gov/foreign/index.html .

Respuesta: Servicios de CRBA o pasaportes para los hermanos del menor

Necesita una cita por separado para cada menor que solicite un servicio, así que elija una fecha en la que haya suficientes citas. Las citas pueden ser a la misma hora, si están disponibles. Comuníquese con la embajada o el consulado si no puede hacer una cita para tramitar pasaportes o recibir servicios de CRBA para todos sus hijos menores de edad en el mismo día: https://do.usembassy.gov/american-citizen-services-navigator/

Durante la primera cita, dígale al funcionario consular que va a solicitar servicios para varios menores. Las solicitudes se procesarán al mismo tiempo, si es posible.

Respuesta: Servicios de pasaporte para el padre o la madre del menor

Si se requiere una comparecencia en persona para el servicio de su pasaporte, tendrá que hacer una cita por separado con su propio nombre.

Dado que un CRBA no es un documento de viaje, se recomienda encarecidamente que entregue una solicitud de pasaporte estadounidense para el menor al mismo tiempo. Puede presentar ambas solicitudes juntas en su cita programada para el CRBA.

No es necesario que obtenga un CRBA si tiene una necesidad urgente de viajar, si le resulta más conveniente, puede solicitar un pasaporte en lugar de un CRBA.

Las instrucciones detalladas para la solicitud, que incluyen información sobre los formularios de solicitud, el pago de tarifas, los requisitos para la fotografía, los documentos de sustento necesarios y la manera de presentar su solicitud, se encuentran en el sitio de internet de la embajada: https://do.usembassy.gov/passports/

En Estados Unidos puede presentar su solicitud en cualquier agencia de trámite de pasaportes. Consulte el sitio de internet del Departamento de Estado: https://iafdb.travel.state.gov para encontrar la agencia de trámite de pasaportes más cerca de usted.

Los hijos nacidos en el extranjero a un padre o madre que tenga ciudadanía estadounidense pueden tener derecho a la ciudadanía estadounidense. Un informe consular de nacimiento en el extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés) es un certificado que sirve como evidencia oficial de la ciudadanía estadounidense concedida a un menor de 18 años que nació en el extranjero y cuyo padre o madre tiene la ciudadanía estadounidense. Documenta que el menor adquirió la ciudadanía estadounidense al nacer.

La información sobre los requisitos de transmisión y las instrucciones para la solicitud se encuentran en el siguiente sitio de internet: https://do.usembassy.gov/consular-report-of-birth-abroad-crba/

La embajada no conserva copias de los certificados de CRBA en sus archivos. Sin embargo, puede solicitar una copia de un certificado de CRBA al Departamento de Estado en los Estados Unidos.

Visite https://travel.state.gov y vaya a la sección “How to Replace or Amend a Consular Report of Birth Abroad” (Cómo reemplazar o enmendar un informe consular de nacimiento en el extranjero).

https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/requesting-a-vital-record-as-a-u-s–citizen/replace-amend-CRBA.html

Si cree que su hijo tiene derecho a la ciudadanía estadounidense, puede solicitar un CRBA y su primer pasaporte estadounidense en República Dominicana. Después de la cita de su hijo en República Dominicana, enviaremos la solicitud de CRBA a la embajada o el consulado con jurisdicción sobre el lugar de nacimiento de su hijo. Por lo tanto, el procesamiento tomará más tiempo del normal. Se le proporcionará más información en la cita.

Hay más información sobre la elegibilidad para un CRBA en: https://travel.state.gov/content/travel/en/international-travel/while-abroad/birth-abroad.html

No es posible solicitar un CRBA dentro de Estados Unidos. Si aún no se ha documentado la ciudadanía estadounidense de su hijo, visite https://travel.state.gov/content/travel/en/passports.html para ver cómo solicitar un pasaporte estadounidense para su hijo en Estados Unidos. Su petición de ciudadanía se resolverá como parte del proceso de solicitud de pasaporte.
Visite el sitio de internet de la embajada o el consulado de EE. UU. en https://www.usembassy.gov/ para ver cómo solicitar su CRBA en ese país.
Un informe consular de nacimiento en el extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés) es un comprobante oficial de la ciudadanía de un menor de 18 años que nació en el extranjero, cuyo padre o madre tiene la ciudadanía estadounidense y que adquirió la ciudadanía al nacer. Todos los ciudadanos estadounidenses están obligados a entrar y salir de Estados Unidos con un pasaporte estadounidense válido. Por lo tanto, le recomendamos encarecidamente que resuelva la ciudadanía de su hijo antes de que este haga su primer viaje a Estados Unidos.