Informes Consulares de Nacimientos en el Extranjero (CRBA)
Información general acerca de la solicitud de informes consulares de nacimiento en el extranjero se encuentra en el sitio de internet de la embajada: https://pe.usembassy.gov/birth-abroad/
La mission de los Estados Unidos en Perú ahora acepta aplicaciones de CRBA electronicamente (eCRBA). Revise el siguiente sitio de internet para información detallada y para determinar si puede aplicar utilizando un eCRBA: https://pe.usembassy.gov/birth-abroad/
Algunas secciones consulares podrían tener procesos adicionales para agendar una cita para CRBA. Cada solicitante quien requirera un servicio en la Embajada deberá tener una cita separada. Contacte a la embajada o consulado si no puede agendar un servicio de pasaporte o de CRBA para todos sus hijos menores en el mismo dia:
Lima: LimaCRBA@state.gov
Cusco: CuscoACS@state.gov
En general, para solicitar un informe consular de nacimiento en el extranjero (CRBA), debe:
- Llenar el formulario de solicitud correspondiente
- Entregar documentos de sustento
- Pagar la tarifa de solicitud correspondiente
- Hacer una cita
Las instrucciones detalladas para la solicitud, que incluyen información sobre los formularios de solicitud, el pago de tarifas, los documentos de sustento necesarios y la manera de presentar su solicitud, se encuentran en el sitio de internet de la embajada: https://pe.usembassy.gov/birth-abroad/
No hacemos informes de estatus rutinarios de las solicitudes que se encuentran dentro del plazo de procesamiento estándar (de dos a tres semanas para pasaportes y de dos a tres semanas para CRBA). Si usted o su hijo presentaron una solicitud de informe consular de nacimiento en el extranjero y pasaporte y ya ha transcurrido el plazo estándar de procesamiento, puede enviar un mensaje a la embajada de EE. UU. a
Debe solicitar un número de seguro social en la oficina de la Administración de Seguro Social EE. UU. que se puede encontrar en el sitio de internet del SSA para Costa Rica: https://cr.usembassy.gov/u-s-citizen-services/social-security/
Puede ver información general sobre los servicios de la SSA para personas que viven fuera de los Estados Unidos en https://www.ssa.gov/foreign/index.html .
Respuesta: Servicios de CRBA o pasaportes para los hermanos del menor
Necesita una cita por separado para cada menor que solicite un servicio, así que elija una fecha en la que haya suficientes citas. Las citas pueden ser a la misma hora, si están disponibles. Comuníquese con la embajada o el consulado si no puede hacer una cita para tramitar pasaportes o recibir servicios de CRBA para todos sus hijos menores de edad en el mismo día:
Lima: limaacs@state.gov
Cusco: CuscoACS@state.gov
Durante la primera cita, dígale al funcionario consular que va a solicitar servicios para varios menores. Las solicitudes se procesarán al mismo tiempo, si es posible.
Respuesta: Servicios de pasaporte para el padre o la madre del menor
Si se requiere una comparecencia en persona para el servicio de su pasaporte, tendrá que hacer una cita por separado con su propio nombre.
No es necesario que obtenga un CRBA si tiene una necesidad urgente de viajar, si le resulta más conveniente, puede solicitar un pasaporte en lugar de un CRBA.
Las instrucciones detalladas para la solicitud, que incluyen información sobre los formularios de solicitud, el pago de tarifas, los requisitos para la fotografía, los documentos de sustento necesarios y la manera de presentar su solicitud, se encuentran en el sitio de internet de la embajada: https://pe.usembassy.gov/passports/
En Estados Unidos puede presentar su solicitud en cualquier agencia de trámite de pasaportes. Consulte el sitio de internet del Departamento de Estado: https://iafdb.travel.state.gov para encontrar la agencia de trámite de pasaportes más cerca de usted.
Si no hay citas disponibles cuando consulte por primera vez, revise el calendario periódicamente en caso de que se liberen citas.
Periódicamente se liberan citas. El calendario de citas funciona en tiempo real, por lo que mostrará todas las citas disponibles, incluyendo a las citas que estén disponibles debido a cancelaciones. Las citas no se liberan en fechas u horas específicas, por lo que debe consultar su disponibilidad en el calendario de manera regular.
Los hijos nacidos en el extranjero a un padre o madre que tenga ciudadanía estadounidense pueden tener derecho a la ciudadanía estadounidense. Un informe consular de nacimiento en el extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés) es un certificado que sirve como evidencia oficial de la ciudadanía estadounidense concedida a un menor de 18 años que nació en el extranjero y cuyo padre o madre tiene la ciudadanía estadounidense. Documenta que el menor adquirió la ciudadanía estadounidense al nacer.
La información sobre los requisitos de transmisión y las instrucciones para la solicitud se encuentran en el siguiente sitio de internet: https://pe.usembassy.gov/birth-abroad/
La embajada no conserva copias de los certificados de CRBA en sus archivos. Sin embargo, puede solicitar una copia de un certificado de CRBA al Departamento de Estado en los Estados Unidos.
Visite https://travel.state.gov y vaya a la sección “How to Replace or Amend a Consular Report of Birth Abroad” (Cómo reemplazar o enmendar un informe consular de nacimiento en el extranjero)
Si cree que su hijo tiene derecho a la ciudadanía estadounidense, puede solicitar un CRBA y su primer pasaporte estadounidense en Perú. Después de la cita de su hijo en Perú, enviaremos la solicitud de CRBA a la embajada con jurisdicción sobre el lugar de nacimiento de su hijo. Por lo tanto, el procesamiento tomará más tiempo del normal. Se le proporcionará más información en la cita.
Hay más información sobre la elegibilidad para un CRBA en: https://travel.state.gov/content/travel/en/international-travel/while-abroad/birth-abroad.html